
Los libros recopilatorios han tenido, y tienen, un papel fundamental en diversas áreas del conocimiento ya que permiten reunir información dispersa, facilitar la comparación de datos relevantes y estructurar el conocimiento de una manera clara y ordenada.
Todos conocemos la relevancia que históricamente han tenido las antologías poéticas, las colecciones de relatos y los compendios de jurisprudencia y de legislación, sobre todo antes de la era de internet.
Como miembro de una familia extensa en la que predominan los profesionales de la farmacia, crecí escuchando conversaciones en las que con frecuencia se hacía referencia a un libro imprescindible, casi “sagrado”, denominado “vademécum”. Por ello me permito utilizar éste como término de comparación de lo que deseo presentar en esta entrada del blog.
El término Vademécum proviene del latín vade mecum, que significa «que va conmigo». Originalmente, se utilizaba para referirse a pequeños cuadernos de consulta que los profesionales llevaban consigo para anotar información relevante.
El Vademécum es un libro que tradicionalmente ha servido como referencia para médicos y farmacéuticos, ya que recopilaba información sobre medicamentos disponibles, sus usos, dosis y efectos secundarios. Su origen se remonta a tiempos en los que la información sobre fármacos no estaba tan accesible como hoy en día, por lo que contar con un volumen que reuniera todo el conocimiento disponible era esencial para la práctica médica.
Sin pretender comparar la lista de medicamentos que se encuentran hoy disponibles en el mercado con el número de medidas que las Comunidades Autónomas de régimen común mantienen vigentes en materia de tributos cedidos y tributos propios, más allá de su paralelismo metafórico, lo cierto es que la lista de estas últimas es bastante abultada.
En la actualidad se encuentran en vigor 43 medidas normativas autonómicas en el ámbito del Impuesto sobre el Patrimonio, 353 en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, 310 en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y 401 en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. En cuanto a los impuestos propios y recargos, su número asciende a 75 vigentes en el año 2025.
Estas cifras van en aumento, ya que cada año se aprueban nuevas medidas y se crean nuevas figuras tributarias. También es habitual que se introduzcan modificaciones normativas sobre medidas o impuestos ya vigentes. En el año 2024 se introdujeron un total de 180 nuevas medidas o modificaciones de las existentes.
Ante una situación como la descrita, la divulgación sistematizada de la información disponible se revela como un elemento imprescindible para la seguridad jurídica de los contribuyentes y para reducir la presión fiscal indirecta que recae sobre los mismos.
Ese es el objetivo del Libro Electrónico de Tributación Autonómica, con el que se pretende ofrecer un mapa completo de las medidas adoptadas por las Comunidades Autónomas de régimen común en el ejercicio de sus competencias normativas de naturaleza tributaria, tanto en materia de tributos cedidos como propios.
El libro se encuentra publicado en:
- El portal del Ministerio de Hacienda, apartado de financiación autonómica:
- En el Centro de Publicaciones oficiales del Ministerio del Ministerio de Hacienda:
https://publicacionesoficiales.hacienda.gob.es/ON%20LINE/index.html
- En la Central de Información Económico-Financiera de las Administraciones Públicas:
Contenido
La publicación consta de cuatro capítulos, que presentan la información sobre la fiscalidad autonómica desde perspectivas diferentes.
En el capítulo I se sintetizan las líneas de actuación de las Comunidades Autónomas en cada uno de los tributos cedidos y en el ámbito de los tributos propios, ofreciendo una vista panorámica de las tendencias comunes observadas en la política tributaria autonómica.
El capítulo II recoge las medidas sobre tributos cedidos aprobadas en cada ejercicio concreto, lo que permite disponer de manera rápida de información sobre las novedades fiscales anuales en materia de tributación autonómica.
El capítulo III se refiere de forma específica a los tributos propios autonómicos. Este capítulo ofrece información detallada en formato ficha sobre los impuestos propios creados por las CC.AA. y los recargos sobre tributos estatales, sus características y elementos esenciales, así como la recaudación obtenida con cada uno de ellos.
Capítulo IV constituye un verdadero compendio de todas las medidas que, para cada uno de los tributos cedidos, están vigentes en cada ejercicio en las distintas Comunidades Autónomas de régimen común, con reseña de la norma que las introdujo y el año desde el que están vigentes. Se encuentran clasificadas por impuestos y, dentro de cada figura tributaria, por Comunidades Autónomas. Esta sistemática permite realizar una búsqueda de las posibles medidas normativas que puedan ser de aplicación a un concreto hecho imponible una vez determinado, lógicamente, el punto de conexión que conduce a la tributación en la administración tributaria correspondiente.
En los primeros meses de cada año se publica el contenido correspondiente al ejercicio corriente, contenido que se va actualizando periódicamente con las medidas que a lo largo del año van siendo aprobadas, modificadas o derogadas por los respectivos parlamentos autonómicos.
El libro lleva publicándose desde el 2006, lo que implica que en este momento los datos disponibles permiten realizar un análisis preciso de la evolución de la tributación autonómica en las últimas dos décadas.
¿A quién va dirigida esta publicación?
El novelista y poeta francés André Gide escribió:
«Ante ciertos libros uno se pregunta: ¿quién los leerá? Y ante ciertas personas uno se pregunta: ¿qué leerán?»
A diferencia de lo que ocurre con un vademécum, cuyo universo de destinatarios es estrictamente profesional, nuestro objetivo es que esta publicación sea utilizada no únicamente por profesionales del Derecho tributario sino también por los contribuyentes de los impuestos propios autonómicos y de los impuestos cedidos.
Conclusión
Animamos a los lectores del blog a que esta publicación “vaya con ellos”, a que la consulten a la hora de analizar cómo deben tributar los hechos imponibles gravados por tributos propios y tributos cedidos sobre los que las CCAA disponen de competencia normativa y la utilicen para mantenerse informados sobre las tendencias y novedades anuales de la tributación autonómica.
Elena de Ancos Lumbreras
Subdirectora General de Relaciones Tributarias con las Comunidades Autónomas
Gracias