
La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Latorre Atance contra España, decisión de 18 de diciembre de 2025 de la sección 5ª, aplicación nº 33818/22 [1], supone el primer contacto del Tribunal de Estrasburgo con la responsabilidad del artículo 42.2 a) LGT, pieza central en la lucha contra el fraude y la simulación en perjuicio del crédito público.
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