
INTRODUCCIÓN
Las partes del Acuerdo de París de 2015 se encuentran revisando los procesos de mitigación, desde sus contribuciones determinadas a nivel nación (NDCs), y considerando los aspectos tratados en las distintas Conferencias de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas.
Si no se realizan estas adecuaciones, no van a poder reducirse los incrementos de temperatura, considerando que, según este estudio del FMI y de la OCDE, se requiere de medidas para fijar un precio global del carbón, con un incremento de 25 a 75 dólares por tonelada de dióxido de carbono o más para 2030.
Otorgar precios a los gases de efectos invernadero, incluyendo el carbón, se constituirá en una herramienta indispensable para llegar a una estrategia de cambio climático y disminuir el riesgo de la fuga de carbono.
MECANISMO DE AJUSTE FISCAL EN FRONTERA POR CARBONO (MAFC)
Los ajustes fiscales en frontera, se consideran prácticas tributarias por las que se grava con impuestos internos a ciertos productos importados y se dispensa del pago de los tributos a la exportación de esos mismos productos.
En el año 2021 se dicta una Propuesta del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC).
En esta Propuesta se indica que la Unión Europea (UE), para alcanzar el objetivo de neutralidad climática de la UE de aquí a 2050, en consonancia con el Acuerdo de París, deberá ser más ambiciosa de cara a la próxima década y actualizar su marco de actuación en materia de clima y energía.
Ante esta situación, la Comisión Europea propuso aplicar un Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono cuyo objetivo es establecer unas condiciones de competencia equitativas entre los productores de la Unión y de terceros países.
Considerando la aplicación de ajustes fiscales en frontera, los mismos pueden ser una compensación a la imposición de un impuesto al carbono o un mercado de emisiones, que son medidas eficaces para:
- Internalizar los costos sociales entre fronteras.
- Disminuir los problemas de pérdida de competitividad y fuga de carbono de las empresas afectadas por medidas de mitigación en jurisdicciones con políticas de cambio climático estrictas.
- Incentivar las medidas de mitigación en los países que no aplican dichas medidas (aspecto controvertido por suponerse incompatibles con el derecho de la Organización Mundial de Comercio y que este tipo de instrumentos pueden provocar un desequilibrio comercial a nivel global)[1].
FUGA DE CARBONO
La fuga de carbono se produce cuando, por diferencias de ambiciones en materia de políticas climáticas, las empresas de determinados sectores o subsectores industriales trasladan su producción a otros países menos restrictivos en cuestión de emisiones, o cuando las importaciones procedentes de estos países sustituyen a productos equivalentes pero menos intensivos en GEI por las diferencias en la aplicación de la política climática.
CERTIFICADOS DE CARBONO
En el marco del sistema MAFC, los importadores comprarán certificados de carbono que correspondan al precio del carbono que se habría pagado si la producción hubiera tenido lugar en la UE según las normas de fijación de precios del carbono de la UE.
El precio de los certificados MAFC se calcularía en función del precio medio semanal de subasta de los derechos de emisión del régimen de comercio de derechos de emisión (RCDE) de la UE expresado en euros por tonelada de CO2 emitido.
Debemos considerar que cuando un productor no perteneciente a la UE pueda demostrar que ya ha pagado un precio por el carbono utilizado en la producción en un tercer país, el importador de la UE puede deducir íntegramente el costo correspondiente.
El MAFC es un «recurso propio» de la UE, al igual que los derechos de aduana. Al respecto podemos indicar que la aplicación del MAFC está directamente vinculada a la legislación aduanera de la UE y es a través de este sistema como se hará cumplir el MAFC.
COMENTARIOS FINALES
La Comisión Europea propuso un Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono cuyo objetivo es establecer unas condiciones de competencia equitativas entre los productores de la Unión y de terceros países fijando un precio del carbono para determinados productos importados y eliminando progresivamente la asignación gratuita de derechos de emisión a la industria europea.
Existen distintos mecanismos aplicables:
- Un nuevo tributo aduanero relacionado con el carbón, debiendo respetar este tributo el principio de equidad, necesario para la implementación de cualquier gravamen, o
- extender el sistema de permisos de emisión de la UE a los productos importados aplicando un RCDE de carácter hipotético o simulado, o bien
- establecer un Impuesto al carbón sobre determinados productos, los importados y los domésticos; con un ajuste fiscal en frontera aplicando un impuesto especial sobre los consumos o sobre los combustibles fósiles.
Con la implementación de certificados MAFC basados en las emisiones reales se protegerá a la UE del riesgo de fuga de carbono, al tiempo que incentivará a los productores de terceros países a avanzar hacia procesos de producción más limpios, con el apoyo de la ayuda oficial al desarrollo cuando proceda.
Edgardo Héctor Ferré Olive
Rector electo del Instituto de Estudios de las Finanzas Públicas Americanas (IEFPA)
[1] Gómez, María Fernanda: “Cambio Climático y Ajustes Fiscales en Frontera: Análisis Jurídico y Viabilidad Institucional”. Revista de Derecho Económico Internacional, vol 4, No. 1, Diciembre 2013, página 11.
Gracias