La necesidad de controlar el tabaco crudo, es decir, las hojas y otras partes naturales de la planta del tabaco curadas y secadas, aunque sin trocear ni desvenar, con la finalidad de evitar su desvío hacia canales de venta irregulares de picadura de liar y de cigarrillos, originó la inclusión de normas de control en las Disposiciones Adicionales 1ª y 2ª de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. Este texto legal fue perfeccionado mediante el Real Decreto 12/2023, de 17 de enero, por el que se aprobó su Reglamento de desarrollo.
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