El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es una figura impositiva local cuya gestión, exacción y recaudación corresponde a la Administración Local. Se ejerce a través de los ayuntamientos a partir de la información catastral, cuya gestión y mantenimiento está atribuida a la Administración General del Estado, concretamente al Ministerio de Hacienda a través de la Dirección General del Catastro.
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¿Habrá Catastro en el metaverso?
Es muy pronto aún para hablar de las derivaciones de un universo en incipiente construcción que nos plantea dudas de toda índole: éticas, tecnológicas y supongo que, a la larga, también tributarias, pues concurren circunstancias como la manifestación de capacidad económica que, entre otras, fundamentan nuestro sistema tributario.
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