La Junta Arbitral del Concierto Económico: balance de los tres últimos años

La Junta Arbitral del Concierto Económico del País Vasco (en adelante, “JACE”) es una institución prevista en los artículos 65 a 68 de la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco. La finalidad de estas líneas es dar a conocer esta institución y su actividad más reciente.

I. Origen y regulación. La JACE estaba ya prevista en la Ley 12/1981, de 13 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, regulándose después por la citada Ley del Concierto, que ha sido objeto de varias reformas (mediante las leyes 7/2014, 10/2017, y 1/2022).

Con todo, la Junta Arbitral no se constituyó hasta abril de 2008. Desde entonces, la institución experimentó algunos periodos de inactividad, en particular desde 2018, con la consiguiente acumulación de asuntos. Para permitir que esta institución pueda cumplir su función de forma estable, el acuerdo cuarto adoptado en la Comisión Mixta del Concierto Económico, de 29 de julio de 2021 previó, entre otras medidas, la dotación de una estructura adicional de apoyo técnico a las personas integrantes de la Junta Arbitral.

II. Composición de la Junta. Tras dicho Acuerdo, el 22 de octubre de 2021 comenzó su andadura la actual Junta Arbitral, integrada por Francisco Javier Muguruza Arrese, Abogado, y Sofía Arana Landín, Catedrática de Derecho Financiero y Tributario, vocales; y Violeta Ruiz Almendral, Profesora Titular de Derecho Financiero y Tributario, Presidenta.

La JACE cuenta además con el apoyo de dos especialistas nombrados, respectivamente, por cada una de las administraciones (del Estado y Gobierno Vasco): Pablo Urrecha Benguria, Inspector de Hacienda del Estado, y Javier Fernández Larios, Inspector de Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia.

La sede de la Junta se alterna cada tres años, correspondiendo en la actualidad a la Administración General del Estado, y el relevo posterior al Gobierno Vasco.

III. Actividad reciente. Durante estos últimos tres años años la actividad de la JACE ha sido ciertamente intensa, como se refleja en las memorias anuales de actividad (están publicadas las de 2021 y 2022, y pendiente de publicación la de 2023), y como puede también observarse en las páginas en las que se publican las resoluciones. En este punto, debe destacarse que las resoluciones adoptadas por la JACE son públicas, una vez anonimizadas, y traducidas en su caso al euskera, pudiéndose consultar en las correspondientes páginas web de la Administración General del Estado, y del Gobierno Vasco.

En octubre de 2021, la Junta tenía 391 conflictos pendientes de resolución, entre ellos algunos de 2012. En el último trimestre de 2021 se resolvieron 28 conflictos. Teniendo en cuenta los conflictos que tuvieron entrada en el último trimestre de 2021, a 1 de enero de 2022 todavía quedaban pendientes de resolución 380 conflictos, datando los más antiguos todavía del año 2012. En 2022 se resolvieron 234 conflictos y tuvieron entrada 91 conflictos. Por su parte, en 2023 se han resuelto 148 conflictos y han tenido entrada 72.

En poco más de 2 años se han resuelto 410 conflictos, si bien se ha mantenido un elevado ritmo de planteamiento de controversias, por lo que a cierre de 2023 todavía quedaban pendientes 161 asuntos.

IV. Competencias. La JACE tiene un amplio mandato establecido en su normativa reguladora, en particular tras la reforma de 2017 citada. Su objeto es la resolución de los conflictos suscitados entre la administración tributaria del Estado y las Diputaciones Forales, o bien entre éstas y la Administración de cualquier Comunidad Autónoma en materia tributaria.

De forma muy simplificada, entre las competencias que tiene atribuidas, está la de examinar cuestiones como la aplicación de los puntos de conexión de los tributos concertados, la determinación de la proporción correspondiente a cada Administración en los supuestos de tributación conjunta por el Impuesto sobre Sociedades o por el Impuesto sobre el Valor Añadido, la interpretación y aplicación del Concierto a supuestos específicos referidos a relaciones jurídico-tributarias individuales o a resolver discrepancias acerca del domicilio de los contribuyentes.

V. Procedimiento. El procedimiento ante la Junta Arbitral se inicia mediante el planteamiento del conflicto o discrepancia por la Administración del Estado, por las Diputaciones Forales, por una Comunidad Autónoma, por la Comisión de Coordinación y Evaluación Normativa prevista en el Concierto Económico o a instancias del obligado tributario, mediante una aplicación electrónica.

Los acuerdos de la JACE son ejecutivos, y sólo recurribles ante el Tribunal Supremo, que ya ha tenido diversas ocasiones de pronunciarse sobre resoluciones de la JACE. Citando sólo las más recientes, en 2023 se han dictado varias sentencias en las que han quedado confirmadas todas las resoluciones dictadas por esta Junta Arbitral que habían sido impugnadas, si bien en estos momentos hay numerosos asuntos pendientes de sentencia. Entre otras, se han dictado las SSTS 161/2023, de 10 de febrero de 2023, ECLI:ES:TS:2023:361; 509/2023, de 24 de abril de 2023 ECLI:ES:TS:2023:1707; 760/2023, de 7 de junio de 2023, ECLI:ES:TS:2023:2611 933/2023 de 10 de julio de 2023, ECLI:ES:TS:2023:3307; o la 1344/2023, de 27 de octubre de 2023, ECLI:ES:TS:2023:4430.

VII. A modo de balance. La Junta Arbitral es una institución cuya finalidad es resolver controversias entre administraciones. Comparte así la finalidad de las otras juntas previstas en nuestro ordenamiento jurídico (en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas, y en la Ley 28/1990, de 26 de diciembre, del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra).

Sin embargo, el mayor volumen de entrada de asuntos así como su ámbito competencial hacen de la JACE un organismo de particular relevancia para pacificar controversias y permitir, en conjunto, un mejor funcionamiento de la Administración, de acuerdo con el mandato del artículo 103 de la Constitución española.

La infraestructura personal y técnica de la que se ha dotado a la institución en esta nueva época, así como el carácter muy cualificado de su personal técnico de apoyo, permite que pueda cumplir esta función y estar a la altura de lo que la normativa actual, y la ciudadanía, espera de la misma.

Violeta Ruiz Almendral

Presidenta de la Junta Arbitral del Concierto Económico

Deja una respuesta

Los comentarios serán moderados para poder ser publicados

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Gracias